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Colegio Oficial de Ingenieros de Montes: Compromiso de Transparencia

Autor: COIM . Publicado: 24/03/2015 Última actualización: 23/09/2024
Actualizado a 02/08/2024

Introducción

El Colegio Oficial de Ingenieros de Montes está comprometido con la transparencia de su gestión y la accesibilidad a la información y documentación que se considera de carácter relevante.

En el apartado de la web "SEDE ELECTRÓNICA" se encuentra disponible toda la información que debe publicarse de acuerdo con la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Información Institucional y Organizativa

Normativa aplicable

La Normativa Colegial aplicable es la siguiente:

  1. Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
  2. Otras leyes: Sociedades Profesionales, Omnibus, Protección de datos, Consumidores y Usuarios.
  3. Estatutos Generales vigentes del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (Real Decreto 71/2017, de 10 febrero).
  4. Reglamento Régimen Interior del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes. (modificaciones aprobadas en la Junta General de fecha 04 de diciembre de 2018).
  5. Código Deontológico del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes.
  6. Código de Buen Gobierno Corporativo del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (Actualizado el 16-09-2024).
  7. Plan Antifraude del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes.
Funciones

Las Funciones del Colegio.

Registro de Actividades de Tratamiento de Datos

Registro de actividades de Tratamiento.

Gestión de Informaciones

Procedimiento de Gestión de Informaciones del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes.

Canal de Denuncias

Acceso. Aquí podrá comunicar, de forma anónima o no y por escrito, cualquier información relacionada con posibles infracciones de este Colegio Profesional de la que haya tenido conocimiento.

Información Organizativa

Descripción estructura organizativa y organigrama

La Estructura Colegial.

Identificación de Responsables con su perfil y trayectoria profesional

Responsables

Información Económica y presupuestaria

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Ley de Transparencia) es aplicable, respecto del Título I relativo a la “Transparencia de la actividad pública”, a los colegios profesionales en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo (art.2.1.e). No son aplicables al Colegio las normas referidas a la publicación de subvenciones, pues el Colegio no concede ayudas públicas ni subvenciones conforme la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni a la publicación de contratos sometidos a Derecho administrativo, dado que Colegio no se encuentra sometido a la Ley de Contratos del Sector Público.

Son actividades sujetas a Derecho Administrativo y sobre las que el Colegio debe informar las siguientes: la colegiación o su denegación; los acuerdos sobre inscripción en el registro de sociedades profesionales o su denegación; la ordenación de la actividad profesional; el ejercicio de la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial; el visado de trabajos profesionales o su denegación; el establecimiento de criterios orientativos de honorarios profesionales para tasación de costas y los informes sobre esta materia; las decisiones sobre la inclusión en las listas de peritos colegiados para designación judicial o su denegación, la colaboración con las Administraciones Públicas en el ejercicio de funciones públicas; así como cualquier otra que por ser ejercicio de función pública se someta al Derecho Administrativo.

Contratos

El Colegio Oficial de Ingenieros de Montes no posee contratos sujetos a Derecho Adminsitrativo, pues no le resulta de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Convenios

El Colegio Oficial de Ingenieros de Montes no posee en la actualidad convenios sujetos a Derecho Adminsitrativo.

Encomiendas de Gestión

El COIM no posee en la actualidad encomiendas de gestión.

Subvenciones y ayudas

El Colegio Oficial de Ingenieros de Montes no concede ayudas públicas ni subvenciones conforme a la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones)

En 2023 el COIM ha recibido una subvención:

El COIM ha recibido 2 ayudas o subvenciones públicas en 2024.

Cuentas y Presupuestos (vigentes)
Retribuciones
  • Los cargos, electos o designados, miembros de todos los Órganos de Gobierno del Colegio (Artº. 10 de los Estatutos): no perciben ninguna remuneración ni dieta por asistencia. Tampoco se ha abonado ningún tipo de indemnización.
  • Los Consejeros, Miembros de las Comisiones de Trabajo, de la Revista Montes y Representantes ante otras entidades o convenios, nombrados por el Colegio: no perciben ninguna remuneración ni dieta por asistencia. Tampoco se ha abonado ningún tipo de indemnización.
  • El Personal contratado del Colegio (Artº. 43 de los Estatutos) percibe exclusivamente: el importe en nómina aprobado en el Presupuesto General por la Asamblea General.

Archivo histórico de Información Económica

Archivo histórico de Información Económica

Información Estadística (Colegiación y desempleo)

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