Colegiación - Colegiados
Autor: COIM . Publicado: 19/12/2022 Última actualización: 19/12/2023
Ventajas
- Seguro de Responsabilidad Civil Profesional Básico de 40.000 € por siniestro y anualidad por el hecho de estar colegiado
- Seguro de Responsabilidad Civil Profesional de 350.000 € por siniestro y anualidad por el hecho de visar o registrar los trabajos profesionales
- Los Colegiados disponen de un seguro de 3.500 € de cuantía en caso de fallecimiento por accidente con la Mutualidad de la Ingeniería AMIC.
- Posibilidad de contratar el Seguro RCP voluntaria de adhesión individual de hasta 1.500.000 € de cobertura en condiciones económicas especiales.
- Defensa de tus intereses profesionales, mediante atención personalizada, de forma totalmente gratuita, ante cualquier órgano de la Administración.
- Acceso al servicio de visado y registro de trabajos profesional, tanto presencial como on~line.
- El Colegio garantiza el archivo, la integridad y la conservación de la documentación técnica de los trabajos profesionales visados o registrados.
- Formación Continua presencial y on-line con bonificación.
- Otros cursos de formación con importantes descuentos para colegiados.
- Posibilidad de acceder gratuitamente al Portal de Empleo e inscribirse en las ofertas.
- Recibir la Revista Montes, en formato papel, de forma gratuita.
- Posibilidad de acceder gratuitamente a la Asesoría Técnica.
- Posibilidad de acceder gratuitamente a la Asesoría Jurídica.
- Posibilidad de inclusión en el Listado Oficial de Peritos Ingenieros de Montes a nivel nacional.
- Posibilidad de tramitar denuncias acerca de la defensa de puestos de trabajo.
- Acceso exclusivo para colegiados y familiares al Club COIM, con importantes descuentos en viajes, alojamientos, Paradores Nacionales, alquiler de vehículos, seguros generales, supermercados y muchos otros.
Requisitos - Estar en posesión del título de Ingeniería de Montes o del Master Universitario que habilite para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Montes o título equivalente oficialmente homologado o reconocido.
Cuotas
Nuevas altas y reingresos (condiciones a partir del 1 de enero de 2024 - aprobadas en Junta General de 18 de diciembre de 2023)
Cuota de Alta
- 0 €* para nuevas altas hasta 2 años después de la terminación de los estudios.
- 30 €* para nuevas altas en el 3er y 4º año después de la terminación de los estudios.
- 50 €* en el resto de casos.
Cuota de Reingreso
- 0 €* en casos generales.
- 50 €* si se dejaron cuotas pendientes en el momento de la baja. En cuanto a la deuda pendiente se estará a lo dispuesto en los artículos 37.4.a) y 39.4 de los Estatutos del Colegio.
* habrá que añadir siempre al importe de la cuota de alta o reingreso el de la cuota ordinaria, con las posibles bonificaciones si las tuviera.
Cuota Ordinaria
La Cuota Ordinaria asciende a 56,50 €/trimestre. Existen bonificaciones a esta cuota ordinaria. Los recibos se pasan al cobro en los meses de enero, abril, julio y octubre.
Bonificaciones en la cuota
- Recién titulados: En los dos primeros años después de la terminación de los estudios: Los cuatro primeros recibos a 6,10 €/trimestre y del quinto al octavo recibo a 12,30 €/trimestre.
- Desempleados: Cuota de 12,30 €/trimestre. Esta bonificación se aplicará a aquellos que estén en situación de desempleo. Para ello, deberán presentar en las fechas previstas - marzo, junio, septiembre y diciembre - (consultar circulares del Colegio y página web), copia de la tarjeta del Servicio de Empleo que acredite su situación en el momento de la solicitud. Aquellas peticiones de bonificación que lleguen al Colegio fuera de plazo podrán ser no atendidas. La solicitud de bonificación por desempleo ha de presentarse en los meses previstos y renovarse cada trimestre.
- Unidad Familiar (matrimonios o parejas): Cuota individual de 37 €/trimestre. Los interesados en acogerse a esta bonificación, y que aún no lo hayan hecho, deberán ponerse en contacto con el Colegio para poder acreditar debidamente su situación en las fechas previstas (consultar circulares del colegio, página web). Recordamos que si en algún momento se ha disfrutado de esta bonificación y después se ha anulado por alguna causa, habrá que volver a solicitarla de nuevo.
- Jubilados: Cuota de 18,50 €/trimestre. Podrán acogerse a esta bonificación todos los colegiados cuando por motivo de prejubilación o jubilación, no ejerzan ninguna actividad profesional remunerada, de forma definitiva. Debe justificarse con documento de prejubilación o jubilación (notificación seguridad social o cualquier otro documento acreditativo) y declaración del colegiado de no ejercer la profesión. La bonificación en la cuota comenzará a aplicarse a partir de la notificación al Colegio. Cualquier cambio en esta situación debe ser comunicada, pues puede implicar nuevamente la obligación del pago de la cuota ordinaria en el caso de realizar alguna actividad profesional remunerada.
Aquéllos colegiados que ya hayan presentado la documentación de su jubilación no necesitan volver a presentarla. - Extranjero: Cuota de 24,60 €/trimestre. Aquéllos colegiados que por motivos laborales o formativos establezcan su residencia fuera de España podrán acogerse a esta bonificación previa justificación y solicitud (Modelo 08), debiendo renovar su solicitud cuando les sea requerido por el Colegio.
- Otras situaciones justificables: Por dificultades económicas, situaciones familiares, excedencias para cuidado de menores, etc. Previa justificación de dicha situación, y autorizado por el Secretario General, podrá aplicarse alguna bonificación. La cuota resultante será a criterio de la Secretaría General y se asimilará a alguna de las formalmente establecidas durante un plazo máximo de un año, transcurrido el cual deberá solicitarse nuevamente. El límite global de aplicación de esta bonificación no podrá exceder el 0,5% del importe anual de cuota.
IMPORTANTE Todas las solicitudes de bonificación de las cuotas se tramitarán a través de la
Ventanilla Única
Tramitación
Alta
Si estás interesado, para solicitar el alta sigue el siguiente procedimiento:
- Cumplimentar el formulario de alta.
- Descargar el documento ya cumplimentado, imprimir, firmar y enviar por correo al Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (Cristóbal Bordiú 19-21 2º Dcha. 28003 Madrid) o bien firmado digitalmente (mediante certificado electrónico) a través de nuestra Ventanilla Única junto con la siguiente documentación:
- Dado que el COIM tiene acceso al RNTU (Registro Nacional de Titulados Universitarios) para la comprobación de la titulación del solicitante, no será necesario presentar documento acreditativo del mismo. En el caso de que el interesado no figure en dicho registro se solicitará, previo a la colegiación, fotocopia COMPULSADA del Título de Ingeniería de Montes o del Master Universitario que habilite para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Montes o del documento de pago de los derechos de expedición del Título, que deberá contener todos los datos sustanciales del mismo, así como las causas legales que pudieran limitar sus efectos (Disposición Adicional de la Orden de 8 de julio de 1.988, del Ministerio de Educación y Ciencia). En el caso titulados extranjeros sigue siendo necesaria la presentación de la fotocopia COMPULSADA del documento de Homologación o Reconocimiento.
- Fotocopia del certificado oficial de notas o expediente académico de los estudios. En caso de estudios homologados, además de dicho certificado, será necesario adjuntar el programa de todas las asignaturas cursadas.
- Si procede, fotocopia del expediente académico de cualquier otro título, medio o superior, que se haya cursado con anterioridad.
- Ingresar o transferir el coste del trámite en la cuenta del Colegio IBAN ES88 0182 4014 1400 0008 2005. Adjuntar copia del justificante de ingreso o transferencia a la solicitud. Consultar otras opciones de pago.
- 1 fotografía tamaño carné.
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia de la tarjeta de desempleo debidamente sellada, si procede.
Si tienes alguna duda al cumplimentarlos, puedes llamarnos al 91 534 60 05 o contactar a través del buzón.
Una vez que se reúna la Junta de Gobierno del Colegio y dé el visto bueno a la incorporación, recibirás en tu domicilio el carnet de colegiado y un correo electrónico donde se te comunica que has sido aceptado/a en el Colegio.
El coste de este trámite es el importe de la Cuota de Alta (según corresponda) más la cuota del trimestre en curso (con las bonificaciones, si corresponde).
Reingreso
- Cumplimentar el formulario de reingreso.
- Descargar el documento ya cumplimentado, imprimir, firmar y enviar por correo al Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (Cristóbal Bordiú 19-21 2º Dcha. 28003 Madrid) o bien firmado digitalmente (mediante certificado electrónico) a través de nuestra Ventanilla Única junto con la siguiente documentación:
- Fotocopia de la tarjeta de desempleo debidamente sellada, si procede.
- Ingresar o transferir el coste del trámite en la cuenta del Colegio IBAN ES88 0182 4014 1400 0008 2005. Adjuntar copia del justificante de ingreso o transferencia a la solicitud. Consultar otras opciones de pago.
El coste de este trámite es el importe de la Cuota de reingreso (según corresponda) más la cuota del trimestre en curso (con las bonificaciones, si corresponde).
Baja
Información importante, LEER ANTES DE SOLICITAR LA BAJA: Obligatoriedad de colegiación para los Ingenieros de Montes
A la hora de solicitar la baja, conviene recordar que a partir de la fecha de baja en el Colegio se deja tener cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional suscrito por nuestra entidad, por lo que los trabajos firmados por el Colegiado y visados o registrados en el Colegio Oficial de Ingenieros de Montes dejan de tener cobertura aseguradora en caso de existir denuncia dentro de los plazos de garantía a los que se encuentra sujeto el trabajo realizado (normalmente 10 años). Cualquier reclamación en este sentido deberá ser cubierta por el propio colegiado y atendida con su patrimonio.
Igualmente se causará baja en TODAS las pólizas de seguro contratadas por el Colegio (por ejemplo, el seguro de fallecimiento por accidente). En el caso del seguro sanitario se dejará de tener la consideración de colectivo pasando a abonar la prima particular que corresponda.
A continuación se enumeran los servicios y ventajas que no podrán utilizarse al darse de baja:
Aún así, si estás interesado en causar baja en este Colegio el procedimiento para solicitarla es el siguiente:
- Cumplimentar el formulario de baja.
- Descargar el documento ya cumplimentado, firmar y enviar por correo al Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (Cristóbal Bordiú 19-21 2º Dcha. 28003 Madrid) o bien firmado digitalmente (mediante certificado electrónico) a través de nuestra Ventanilla Única.
El coste de este trámite es de 0 €.