Tarifa 0 |
Modificaciones o correcciones de errores de trabajos ya visados o registrados en este Colegio que afecten a Memoria, pliego de condiciones o planos. Ampliaciones documentales o anejos sobre trabajos profesionales ya visados o registrados en este Colegio. IMPORTANTE: Indicar en el título "Modificación del visado EXXXXX" o "Modificación del registro RXXXXX" según corresponda. |
Tarifa 1 |
Se aplicará a la redacción de proyectos de obra, ya sea de manera total o parcial, direcciones de obra y documentos relativos a seguridad y salud. |
Tarifa 2 |
Se aplicará a los trabajos de ordenación de montes, planes técnicos, planes facultativos, planes de gestión, memorias preliminares, inventarios, planes silvopastorales y deslindes y amojonamientos. |
Tarifa 3 |
Se aplicará a los trabajos de ordenación cinegética, estudios poblacionales, etc. en función de las hectáreas totales ordenadas o trabajos de ordenación piscícola, estudios poblacionales, etc. en función de los metros lineales ordenados. |
Tarifa 4 |
Se aplicará a trabajos de planimetría para determinar la superficie total o parcial de predios, representando sus respectivos perímetros en un plano a escala adecuada y a levantamientos altimétricos, nivelaciones, replanteo, perfiles longitudinales y transversales, cubicaciones de tierras, triangulaciones, fotogrametría, etc. Se liquidarán en función de la superficie medida en hectáreas. |
Tarifa 5 |
Se aplicará a los informes, memorias (descriptivas, de actividad, etc.), certificados, actas, inspecciones, ensayos, toma de muestras, análisis, estadísticas, informática y todos aquellos trabajos no especificados. Se liquidarán en función de las horas empleadas en realizar el trabajo. Para el caso especial de Certificados de Clasificación de Contratistas se liquidará en función del número de obras que incluya el certificado. |
Tarifa 6 |
Se aplicará a todos los documentos referentes a Licencias de Actividad y a los Estudios y Certificados Ambientales. |
Tarifa 7 |
Se aplicará a los planes de prevención de incendios y a los planes de autoprotección, en función de la superficie. En el caso de que el plan de prevención de incendios tenga presupuesto se liquidará con la Tarifa 1. |
Tarifa 8 |
Se aplicará a los estudios del medio físico, los estudios hidrológicos, los estudios de paisaje y los estudios de inundabilidad. Se liquidarán en función de la superficie afectada y el coeficiente de superficie Cs. |
Tarifa 9 |
Se aplicará a la redacción de trabajos relativos a valoraciones y tasaciones. |
Tarifa 10 |
Se aplicará a las coordinaciones de seguridad y salud en ejecución de obras y a obras sin proyecto o de emergencia. Se liquidarán en función del presupuesto de ejecución material del plan de seguridad y salud y de la obra respectivamente. Adjuntar actas de nombramiento y aceptación del plan y libro de incidencias. Actas de renuncia y/o sustitución de coordinadores de seguridad y salud y segundos y sucesivos libros de incidencias, se liquidarán por un valor fijo. |