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Protocolo de unión entre Asociación y Colegio

Publicado: 25/10/2010 Última actualización: 24/10/2016

Ante la problemática actual y futura que afecta al libre mercado y tránsito de trabajadores en la Unión Europea, que necesariamente incide en el ejercicio de la profesión y con objeto de ahorrar gastos y concentrar esfuerzos, dado el reducido número de Ingenieros de Montes que existen en España, las Junta de Gobierno y la Junta Directiva de la Asociación, acordaron aprobar en sesiones respectivas de 29/01/1991 y 11/02/1991 un Protocolo de Unión de los Órganos de Dirección y de Administración de los dos colectivos, el cual fue ratificado por ambos colectivos en Junta General Ordinaria celebrada conjuntamente el 18/12/1991.

En dicho Protocolo se establece el mantenimiento de la personalidad jurídica separada de ambas instituciones, así como los respectivos patrimonios y contabilidades. La unión sólo se realiza en los órganos de Gestión y Dirección.

El cargo de Presidente de la Asociación y el de Decano del Colegio deberán coincidir en una misma persona, así como también deben ser coincidentes el mayor número de los componentes de las Juntas de ambas Instituciones.

El cargo de Secretario-Tesorero será único para ambas Instituciones y recaerá en el Secretario del Colegio de Ingenieros de Montes.

En Virtud de lo anterior y para facilitar la aplicación del Protocolo citado, los órganos de la Asociación y del Colegio se estructuran como sigue:

Junta General

Es el órgano supremo de expresión de la voluntad de la Asociación y del Colegio de Ingenieros de Montes.

Está compuesta por los socios numerarios de la Asociación y por la totalidad de los colegiados. Sus reuniones podrán ser Ordinarias y Extraordinarias y sus acuerdos obligan a todos los asociados y a todos los colegiados.

Su cometido y funciones son las mismas que se reseñan en los Estatutos de las dos entidades.

Comité de Gestión

Se constituye para la gestión de las dos Instituciones y está compuesta por la totalidad de los miembros de las Juntas, Directiva de la Asociación y de Gobierno del Colegio.

Corresponden a este Comité las funciones que los Estatutos respectivos atribuyen a sus Juntas Directiva y de Gobierno.

Comité Permanente

Está formado por:

  • El Presidente-Decano
  • El Vicepresidente de la Asociación
  • El Vicedecano del Colegio
  • Tres Vocales

Los tres Vocales son elegidos entre los componentes del Comité de Gestión y uno de ellos hará las veces de censor interno de las cuentas de ambas Instituciones.

Las funciones de esta Comisión corresponden a las que los Estatutos del Colegio otorgan a su Comisión Ejecutiva, incrementadas en aquellas otras que el Comité de Gestión delegue en él.

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